viernes, 27 de marzo de 2026

l ITBIS a provehedores

 El ITBIS que le pagamos a los proveedores es recuperable para fines de que la DGII se lo reembolse al hospital, y que la consulta la hacemos por sugerencia de una firma externa que nos está implementando un sistema para inventarios y Contabilidad.

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Solución oficial

Buenas tardes, Juana. ¡Hoy le servimos con gentileza!

 

En respuesta a su consulta, le informamos que el ITBIS pagado en sus compras y gastos no será reembolsado por estar exentos del ITBIS sus servicios, no obstante, puede llevarlo al costo en su declaración de ITBIS y deducirlos en la determinación del Impuesto Sobre la Renta del período.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII y por contribuir al desarrollo del país!

 

Es un placer servirle.

El ITBIS que le pagamos a los proveedores es recuperable para fines de que la DGII se lo reembolse al hospital, y que la consulta la hacemos por sugerencia de una firma externa que nos está implementando un sistema para inventarios y Contabilidad.