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ITEBIS NO REPORTADO
TENEMOS UN CLIENTE QUE NO REPORTO SU FACTURA A TIEMPO DE PRESENTAR EL 607, PERO LE VAMOS A REALIZAR UNA NOTA DE CREDITO, PORQUE TODAVIA NO TIENE UN MES, NOSOTROS PERDERIAMOS EL ITEBIS. PERO LA FACTURA ES DE AGOSTO QUE YA PRESENTAMOS Y LA NOTA DE CREDITO LA VAMOS A REALIZAR EN SEPTIEMBRE (AUNQUE NO TIENE UN MES TODAVIA)


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 4 horas
Buenas tardes, Maribel. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, si el cliente no había reportado la factura afectada, deberá rectificar el período al que corresponde, para incluirla. Si han transcurrido menos de 30 días entre la emisión de la factura original y la emisión de la nota de crédito, el ITBIS no se perderá, ya que el ITBIS se pierde cuando existen más de 30 días de diferencia entre el comprobante original y la nota de crédito, según lo establecen los Arts. 8 y 28 del Reglamento 293-11.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
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por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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