JB

viernes, 27 de septiembre de 2024 14:42

Cerrado

ITBIS

Buenos dias,

Me gustaría saber lo siguiente:

1-El servicio de transporte de valores (Dinero), esta gravado con ITBIS?.


2-Servicio de mensajería (Delivery), esta gravado con ITBIS?.

Gracias.

Solución oficial

Buenas tardes, Juan. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, el servicio de transporte, tanto de dinero como de mensajería, se encuentra exento del ITBIS, siempre que la empresa que lo preste tenga registrada la actividad económica correspondiente.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.