Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
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Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 4 meses
Buenos días, José. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, los platos preparados están sujetos a la aplicación del ITBIS.
En ese mismo orden, el Código Tributario especifica los alimentos y sus condiciones que estarán exentos del ITBIS.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
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