KA

lunes, 22 de julio de 2024 09:34

Cerrado

Itbis

Mi caso es el siguiente: tengo una agencia de viajes y facturo con el link de pago a clientes internacionales, al momento de hacer el reporte ante la dgii tengo que pagar un  itbis  que el cliente no pago? QUE NUMERO DE COMPROBANTE FISCAL DEBO UTILIZAR PARA DEDUCIRME EL ITBIS, o cual es la forrma correcta de hacer  ese reporte?

Solución oficial

Buenos días, Keila. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, corresponde facturar el ITBIS al link de pago y reportar el ITBIS pagado por el cliente. En el mismo orden, para reportar un ingreso, corresponde emitir un comprobante de consumo B02. En caso de que el cliente nacional solicite un comprobante con crédito fiscal, se debe emitir un B01.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

Buen día, Keila. ¡Gracias por contactarnos!

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.

 

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Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

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Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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(Editado)