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jueves, 25 de abril de 2024 11:25

Cerrado

ITBIS

Buenas Noches tenemos una situación en nuestra empresa la cual se dedica a organización de eventos . Es necesario realizar la facturación a las empresas que van a participar en el evento con mucho tiempo de anticipación a la fecha de la actividad.

Sin embargo los gastos provenientes de la actividad las cuales proceden de los Hoteles no nos generan el comprobante fiscal por los avances realizados. Sino mas bien hasta fecha de la actividad.

Esto genera que en el mes tenga Itbis cobrado el cual debo declarar( y que no nos han pagado) , sin embargo no tengo ITBIS pagado ya que la factura de gastos  la emitirán 3 meses después.

Entonces en el momento de emitir el ingreso tendríamos que pagar ese ITBIS y luego cuando me emitan la factura de gastos me quedara saldo a favor. Esto nos descapitaliza.

Necesitamos de la administración tributaria una salida para enfrentar esta situación.

Muchas Gracias

Solución oficial

Buenas tardes, Rosa. Gracias por contactarnos.

                           

En atención a su consulta, le informamos que, el ITBIS corresponde ser declarado y pagado en el mes que se emita la factura, independientemente sea a crédito o al contado.

 

En ese mismo orden, con relación a su inquietud le recomendamos comunicarse al área de Fiscalización Interna de la Administración Local a la que pertenece, a fin de recibir la orientación sobre el procedimiento a seguir.

 

El departamento de Fiscalización cuenta con un personal capacitado para instruir al contribuyente respecto al llenado de las diferentes declaraciones juradas, además de orientar sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

Buenos días, Rosa. ¡Gracias por contactarnos!

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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