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itbis
en la venta de un bien gravados por parte de una Persona Física registrada , la persona juridica debe retenerle el 100% de itbis?
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en la venta de un bien gravados por parte de una Persona Física registrada , la persona juridica debe retenerle el 100% de itbis?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 1 año
Buenos días, Priscilla. Gracias por contactarnos.
En la venta de bienes gravados por parte de una Persona Física registrada como contribuyente a una persona jurídica o negocio de único dueño, no aplica retención de este impuesto. No obstante, cuando se trate de proveedores informales, se debe aplicar la retención del 100% del ITBIS generado, conforme lo establece la Norma 05-2019 en el Art. 7, párrafo II.
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