miércoles, 15 de noviembre de 2023 17:31

Cerrado

ITBIS

Buen dia, tengo un saldo a favor de ITBIS, y se han realizado declaraciones donde no se a utilizado incluso se a pagado ITBIS teniendo ese saldo a favor, igual puedo utilizarlo o se vence?

en caso de poder utilizarlo lei en la comunidad de ayuda que puedo irlo moviendo mediante declaraciones rectificativas, de ser el caso se realizan por la oficina virtual o personalmente?

gracias.

Solución oficial

Buenas tardes, Norma. Gracias por contactarnos.

 

Para rectificar a través de la OFV el IT-1 debe cumplir con las condiciones descritas en el siguiente enlace: http://ms.spr.ly/61211bnf1f

Para realizar una rectificativa del IT-1 debe seguir los pasos indicado en el enlace: http://ms.spr.ly/61210bnf14

En caso de no cumplir con las condiciones establecidas para rectificar el IT-1 a través de la OFV, deberá realizar una rectificativa de manera presencial agotando el siguiente procedimiento: http://ms.spr.ly/61212bnf1A

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.

 

si existe un acuerdo de pago, ya se realiza de manera presencial, cierto?

ahora mi pregunta es, ya hay un acuerdo de pago del 2022 y hay saldo a favor anterior pero por equivoacion no se contemplo en las declaraciones, igual se puede realizar la rectificativa y reconocer en el acuerdo ese monto?

Buenas tardes, Norma. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, debe realizar la rectificativa de manera presencial.

Además, en su caso particular, le recomendamos canalizar su con relación a los montos del acuerdo de pago con el área de Fiscalización Interna de la Administración Local a la que pertenece, quienes le estarán apoyando e instruyendo sobre el procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables y su impacto fiscal en esta Dirección General.

Para conocer la Administración Local a la cual pertenece, favor comunicarse con nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444, de lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.

Gracias

¡Gracias Norma por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Es un placer servirle.