4 Mensajes

miércoles, 12 de abril de 2023 12:40

Cerrado

Itbis

hola, soy persona fisica que ofrece servicios juridicos,los gastos tales como combustible y las comisiones e interes que me cobra el banco en que categoria debo colocarlos en el 606 para que me lo reconozcan deduccible para la renta?.

Solución oficial

Buenos días, Miguel. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, si los referidos gastos son razonables, proporcionables y relacionados con el giro del negocio y ejecutados con la finalidad de obtener, mantener y conservar rentas gravadas, deben categorizarse en el Formato 606 de la siguiente manera:

  • Combustibles: Gastos por Trabajos, Suministros y Servicios.
  • Comisiones e intereses bancarios: Gastos Financieros.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.