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ITBIS SUJETO A PROPORCIONALIDAD
Buenas!
Si un negocio de Fast Food que se dedique a la venta de bienes gravados y exentos (pizza, refrescos y agua, etc.) solo tiene
''COMPRAS Y GASTOS QUE FORMARAN PARTE DEL COSTO DE VENTA'' ádemas tiene INGRESOS por la venta de los mismos, en este caso debe aplicarse la proporcionalidad o no?
Es un tema algo confuso


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
27K Mensajes
hace 20 días
Buenos días, Ruth. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que el cálculo de proporcionalidad aplica para los casos en que sea difícil determinar el impuesto que se podrá adelantar en la declaración. No obstante, si en este caso tienen la seguridad de que todo el ITBIS corresponderá llevarse al costo, no será necesario someter el ITBIS al cálculo de proporcionalidad.
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