viernes, 24 de mayo de 2024

Cerrado

ITBIS sobre la importacion de servicios (Servicios prestados en el exterior por una sociedad extranjera)

Buenas tardes, 

¿Se debe pagar o retener ITBIS sobre servicios que son prestados por una compañía no residente a una empresa de República Dominicana? Dichos servicios son prestados fuera del territorio nacional y son en mayor parte consultoría, administrativo, contabilidad, etc. 

Muchas gracias, 

Agustin Hernández

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Solución oficial

Buenos días, Agustin. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, el ITBIS grava la importación de bienes industrializados; por lo que, la importación de servicios no se encuentra alcanzada por este impuesto.

 

Base Legal: Ley 11-92 Art. 335,336.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.