JL

jueves, 13 de enero de 2022 23:41

Cerrado

ITBIS SERVICIO DE CONSTRUCCIÓN

Buenas noches Estimados:

Feliz año 2022.

Tengo una inquietud con relación a  la base para el cálculo del ITBIS en los servicios de construcción, y es la siguiente:

Una empresa de servicio de construcción realiza una factura a otra empresa, por concepto de materiales y  honorarios por dirección técnica de la obra. El ITBIS lo calcula sobre la base del 10% de total facturado(materiales + dirección técnica). 

Para mayor claridad les comparto una imagen del monto facturado.

Mi pregunta es: El ITBIS  debe ser aplicado incluyendo los suministros y materiales o solo el costo de la Dirección técnica aplica para el pago de ITBIS.
Saludos

 

Solución oficial

Buenos días Johanna. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su inquietud, le recomendamos comunicarse con el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.

 

Para conocer a cuál administración local pertenece puede comunicarse a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_KP3YFC8)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

 

Es un placer servirle.