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jueves, 29 de octubre de 2020

Cerrado

ITBIS reducido a 16% para chocolates?

Buenos dias.

Producimos chocolates artesanales:

- oscuros (solo cacao y azucar)

- con leche

- y con inclusiones, como nueces

La pregunta es si esos productos llevan 18% o 16%

Gracias de antemano

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Solución oficial

Buenas tardes. Con relación al cacao / chocolate, de acuerdo con el Párrafo II, Artículo 345 de la Ley 11-92 (Código Tributario) se encuentran gravados con la tasa reducida del ITBIS (16%), los siguientes productos:

 

  • Cacao en polvo sin adición de azúcar ni otro edulcorante.
  • Cacao en polvo con adición de azúcar u otro edulcorante.
  • Bloques, tabletas o barras de cacao sin rellenar.

 

Los demás productos debes facturarlos con el 18% de ITBIS.

 

Nota: se encuentra exento de ITBIS: el cacao en grano, entero o partido, crudo o tostado, cascara, películas y demás residuos de cacao. Artículo 343 de la Ley 11-92 (Código Tributario).

 

Recuerda que a través de la Oficina Virtual puedes realizar tus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

 

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