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miércoles, 30 de septiembre de 2026

ITBIS para la tocineta

Buenos días,

Necesito confirmar si las tocinetas frescas deben ser facturadas con itbis o si son exentas? 

Atenta a las respuestas.

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Solución oficial

Buenas tardes, Ericka. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que el Código Tributario no hace mención a las tocinetas en el listado de bienes exentos del artículo 343, por lo que tendrían que ser facturadas con ITBIS. No obstante, para una consulta más precisa, le recomendamos indagar en la Dirección General de Aduanas acerca del código arancelario con el que se encuentre clasificado el producto al que se refiere, a fin de que podamos confirmarle si alguno de los bienes exentos del listado abarca o incluye este producto.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

(Editado)