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ITBIS NEGATIVO LUEGO DE NOTA DE CRÉDITO
Buenas tardes,
A finales del mes de septiembre le realicé una factura a un cliente, pero a principios del mes de octubre, le realicé una nota de crédito por la totalidad de la factura. Entre la emisión de la factura y la emisión de la NC solo pasaron 10 días, por lo que, el ITBIS no se perdió.
Ahora, cuando estoy enviando mi 607 el valor del ITBIS correspondiente a octubre me sale en negativo. Cómo debo proceder en este caso?
Gracias de antemano.
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 1 mes
Buenas tardes, Helen. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, cuando el ITBIS en las notas de crédito supera el total que se puede adelantar en el período que está reportando, debe proceder de la siguiente manera, según sea el caso:
Notas de crédito que no superan los 30 días de emitidas:
Proveedor: Si las notas de crédito no superan los treinta (30) días después de su emisión, estas deben ser emitidas nuevamente con fecha del mismo periodo en que fueron emitidas las facturas originales de manera que pueda deducirse el ITBIS y deberá reportar la nota de crédito en el formato 607.
Cliente: Debe reportar la nota de crédito en el formato 606. En el caso de que haya reportado la nota de crédito, debe realizar la rectificativa tanto del formato 606 como del IT-1 del mes correspondiente, y de los períodos subsiguientes, según aplique.
Notas de crédito que superan los 30 días de emitidas:
En este caso las notas de crédito deben ser reportadas en el formato 606 (cliente) y en el 607 (proveedor) del mes correspondiente, considerando únicamente el valor pagado sin incluir el ITBIS, ya que transcurrido este tiempo, el ITBIS se pierde tal como lo establecen los Arts. 8 y 28 del Reglamento 293-11.
Nota:
Estas informaciones también aplican para las notas de crédito emitidas a bienes o servicios exentos de ITBIS y que afecten las operaciones del periodo.
Consideraciones Importantes:
Adicionalmente, el proveedor debe completar la casilla Otras Operaciones (Positivas) del Anexo A del formulario IT-1 con el valor de las notas de crédito que superen los treinta (30) días de emitidas y que afecten las operaciones del periodo.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
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