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martes, 23 de mayo de 2023 21:08

Cerrado

ITBIS LLEVADO AL COSTO.

Si un salón de belleza compra productos para lavar el pelo de los clientes, el ITBIS de dicha compra en la planilla del 606 debo de colocarlo como gastos que forma parte del costo y también colocar el monto del ITBIS en la columna 14 (itbis llevado al costo)?

De ser así entonces la parte no deducible en el Anexo A se debe colocar en la casilla #47?

Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días, Luisa. Gracias por contactarnos.  

 

Atendiendo a su consulta, le informamos que si se refiere al inventario de productos necesarios para brindar sus servicios de belleza, dichos gastos deben reportarse en la categoría Gastos por Trabajo Suministro y Servicios.

 

La clasificación de la transacción debe corresponder con la operación realmente efectuada.

 

1. Gastos de personal.

2. Gastos de trabajos, suministros y servicios.

3. Arrendamientos.

4. Gastos de activos fijos.

5. Gastos de representación.

6. Gastos deducciones admitidas.

7. Gastos financieros.

8. Gastos extraordinarios.

9. Compras y gastos que forman parte del costo de venta.

10. Adquisiciones de activos.

11. Gastos de Seguros.

 

En “ITBIS llevado al Costo”, coloque el valor del ITBIS que es llevado directamente al Costo, es decir, que no se va a deducir como adelanto en la Declaración Jurada de ITBIS y que se utilizará como costo en la Declaración Jurada de Impuesto Sobre la Renta. En esta columna no debe colocar el ITBIS no admitido por Proporcionalidad.

 

Puede verificar el instructivo de llenado del Formato 606 a través del siguiente enlace: 

Instructivo Formato 606 (http://ms.spr.ly/61215gb2LU

 

En cuanto al registro en el anexo A, es correcto, para mas información puede consultar el Instructivo Llenado del Formulario IT-1 2020 ingresando al siguiente enlace:

http://ms.spr.ly/61216gb2Lq

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

Visite:
http://ms.spr.ly/61217gb2LS

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

Es un placer servirle.