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Itbis llevado al costo formato 606
Saludos,
Persona Jurídica necesita saber,
En qué momento se utiliza la casilla 14. Itbis llevado al costo del formato 606?
Es cuando usamos el campo 9. compras y gastos que forman parte del costo de venta de la casilla 3?
Se puede compensar el valor del itbis del costo de venta?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
22.9K Mensajes
hace 3 años
Buenas tardes, Jeydi. Gracias por contactarnos.
En la casilla 14 “ITBIS llevado al Costo” debe registrar el valor del ITBIS que es llevado directamente al Costo, es decir, que no se va a deducir como adelanto en la Declaración Jurada de ITBIS y que se utilizará como costo en la Declaración Jurada de Impuesto Sobre la Renta. En esta columna no debe colocar el ITBIS no admitido por Proporcionalidad.
Le exhortamos a consultar el instructivo del Formato 606 en el siguiente enlace: http://ms.spr.ly/61213p7HEb
Para más detalle de su transacción, le recomendamos visitar el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.
Importante: Para conocer a cuál Administración Local pertenece, puede comunicarse a nuestro Centro de Contacto DGII al teléfono 809-689-3444 de lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212bSj5i)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: http://ms.spr.ly/61215bSj5l
Es un placer servirle.
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