martes, 6 de junio de 2023 14:48

Cerrado

ITBIS EXENTO

Buenas tardes.

El injerto de cabello están exentos de Itbis?

Solución oficial

Buenos días, Elsa. Gracias por contactarnos. 

 

El injerto de cabello se encuentra gravado con el Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), ya que no se encuentran dentro del listado de bienes exentos previstos en el artículo 343 del Código Tributario.

 

Base Legal: Ley 11-92, Título III, Arts. 343.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61213gi821)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

Visite: http://ms.spr.ly/61215gi82H

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

Es un placer servirle.