jueves, 3 de septiembre de 2026

ITBIS en suscripción de software SaaS con IA y WhatsApp

Buenas tardes.

Estoy desarrollando una plataforma de software SaaS llamada MISOFF, que será comercializada mediante suscripciones mensuales a negocios en República Dominicana.

Por ejemplo, uno de los planes tendría un costo de RD$4,000 mensuales e incluiría el derecho de uso de la plataforma, herramientas administrativas, conexión con WhatsApp Business y funciones de inteligencia artificial para automatizar la atención a clientes.

WhatsApp y la inteligencia artificial forman parte de las funcionalidades integradas del software y se cobrarían conjuntamente dentro de la misma suscripción mensual, no como servicios independientes.

Mi consulta es:

¿La suscripción completa de RD$4,000 se considera arrendamiento/licenciamiento de software no sujeto a ITBIS, aun cuando incluya como funcionalidades integradas WhatsApp Business e inteligencia artificial?

En caso de que no, ¿qué parte de la suscripción estaría gravada con el 18% de ITBIS y cuál sería la forma correcta de facturarla?

También quisiera confirmar si este tipo de actividad puede acogerse al Régimen Simplificado de Tributación (RST) como persona física, siempre que se cumplan los límites y demás requisitos establecidos.

Muchas gracias.

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Solución oficial

Buenas tardes, Euris. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que las prestaciones accesorias reciben el mismo tratamiento que el servicio principal prestado, según el Reglamento 293-11, por lo cual, las prestaciones accesorias que estén incluidas con la suscripción del software se encontrarán exentas de ITBIS, dado que las suscripciones de software lo están.

 

En cuanto a la posibilidad de acogerse al RST, le informamos que puede acogerse con este tipo de actividad, siempre que cumpla con los demás requisitos.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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