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ITBIS en las empresas Constructoras
Tengo una empresa jurídica registrada, ofrezco servicios eléctricos.
Para hacer una factura a una contractura (registrada con RCN ) donde mis servicios prestados fueron *PLANOS ELECTRICOS* debo hacer la factura según la norma 07-2007 donde debo sacar el 10% para sacar el 18%, o por ser solo un servicio le calculo a todo el 18% normal.
Gracias anticipadas.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.1K Mensajes
hace 3 meses
Buenas tardes, Mayelin. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, en el caso que plantea, el 18% del ITBIS debe calcularse tomando como base el monto total facturado y no el 10%.
Esto debido a que el tratamiento dispuesto en el artículo 4 de la norma 07-07 aplica para los casos de trabajos de construcción que incluyan materiales, equipos o piezas de construcción, según lo indicado en dicho artículo; y, aunque la elaboración de los planos eléctricos haya sido prestado por una constructora, no es en sí un trabajo de construcción.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
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