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miércoles, 16 de abril de 2025 19:05

Cerrado

ITBIS en compra de certificados/bonos de regalo y similares

Buenas tardes,

Como empresa compramos a las aerolíneas millas para ser regaladas a nuestros clientes como premios por fidelidad. Estas millas los clientes la utilizan como medio de pago al momento de comprar vuelos y otros servicios a la aerolínea.

Nuestra duda es: ¿Para nosotros, el adquirir esas millas a las aerolíneas está gravado con ITBIS? Entendemos que no ya que lo que se transfiere es una especie de medio de pago (similar a un certificado o bono de compra), pero no se está realizando una transferencia de bienes o servicios.

Un cordial saludo,

Solución oficial

Buenos días, Adrian. ¡Gracias por contactarnos!

 

Para obtener una respuesta vinculante por parte de esta Dirección General, le recomendamos que realice una consulta técnica, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la Sede Central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:

 

Formulario de Solicitud de Consultas Técnicas (FI-GLEGA-004) llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).

 

Nota: El consultante o su representado debe tener un interés personal y directo sobre la aplicación de la ley a una situación concreta de carácter tributario, también debe exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación planteada que motiva su consulta, es decir, indicando de manera expresa la empresa o contribuyente que directamente presenta la situación consultada, con datos exactos, claros y precisos sobre la situación, las operaciones o actividades que se efectúan en la situación, los impuestos sobre los cuales se consulta o las obligaciones fiscales que pueden derivarse. De igual manera puede indicar y fundamentar su opinión al respecto, así como anexar los documentos en que se fundamenta la consulta o sustenten su posición.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.