Perfil de Francis Díaz

miércoles, 7 de agosto de 2024 12:23

Cerrado

Itbis en activos fijos

Buenos días, el itbis en compra de activos fijos (vehículo) se puede adelantar si la actividad de la empresa es gravada. Ahora bien, si la empresa tiene actividad gravada y no gravada, aún se puede adelantar el 100% del itbis?

Solución oficial

Buenos días, Francis. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, cuando no pueda discriminarse si las importaciones o adquisiciones de bienes y servicios locales realizadas por un contribuyente han sido utilizadas en operaciones gravadas o exentas, la deducción de los impuestos que le hayan sido cargados, se efectuará en la proporción correspondiente al monto de sus operaciones gravadas sobre el total de sus operaciones en el período de que se trate.

 

Puede consultar la información en la base legal: Ley 11-92, Art. 349; Reglamento 293-11, Art.19.

 

En ese mismo orden, por ser una situación particular, le recomendamos canalizar el mismo directamente ante el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

404 Mensajes

hace 1 mes

Enterado. Gracias.

Buenas tardes, Francis.

 

Gracias por confiar en nosotros y utilizar nuestros servicios.

 

¿Desea contestar una breve encuesta para ayudarnos a seguir mejorando su experiencia en la Comunidad de Ayuda? Queremos escucharle, ¡sólo le tomará 1 minuto! http://ms.spr.ly/61212jZw9Y).

 

Agradecemos de antemano sus comentarios, con su apoyo, cada día nos convertimos en una administración más cercana al contribuyente y ciudadano, asumiendo el compromiso de brindar servicios de calidad para ser referentes en transparencia y eficiencia.

 

¡Para nosotros es un placer servirle!

 

Comunidad de Ayuda DGII.