viernes, 12 de junio de 2026

ITBIS DGII VS DGA

Buenas Tardes

Saludos Cordiales

A continuación mi duda: si realizo una importación y según código arancelario está exento del ITBIS, ¿cuando realizó mi factura local  a mi cliente del producto, lo coloco exento del ITBIS?

Gracias de antemano

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Johanna. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que los códigos arancelarios exentos del ITBIS localmente se encuentran establecidos en la ley 11-92, artículo 343, por lo que deberá confirmar en dicho artículo la exención de cada bien a transferir en el mercado local.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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Es un placer servirle.

hace 3 días

Muchas gracias

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