76 Mensajes
ITBIS ADELANTADO O PROPORCIONALIDAD
Buen día, luego de recibir un cordial saludo me gustaría que por favor me aclararan la siguiente inquietud:
Somos un restaurante especializado en Mofongos, pero también vendemos otros platos como chuletas, carne salada, alitas a la bbq, agua, entre otros.
Pues el queso usando en los mofongos está exento al igual que el agua que esta embotellada, tal cual como se recibe del proveedor.
En el caso de las alitas que al comprarlas no llevan ITBIS, pero al pasar por un proceso de transformación están gravadas.
Con relación a las ventas podemos discernir cuál es el valor correspondiente de cada producto.
En ese sentido, ¿Cómo debemos clasificar el ITBIS, en las compras en el 606, es adelantado o llevado a la proporcionalidad?.
Gracias de antemano.
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
22K Mensajes
hace 2 años
Buenas tardes, Helen. Gracias por contactarnos.
Le informamos que para determinar el ITBIS que se puede adelantar en su caso, debe utilizar el cálculo de la proporcionalidad del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), este consiste en determinar la proporción del impuesto que un contribuyente se puede deducir del ITBIS que haya adelantado en la importación o adquisición de bienes o servicios gravados utilizados en la generación de operaciones gravadas y exentas para un periodo determinado.
En estos casos, el porcentaje del ITBIS que el contribuyente se puede adelantar se obtendrá al dividir el monto de las operaciones gravadas sobre el total de las operaciones del período.
Consideraciones Importantes:
La casilla "Porcentaje de Proporcionalidad no admitido” del anexo A debe ser completada en decimales no en porcentaje.
Las operaciones exentas por destino (exportaciones, así como ventas a zonas francas y empresas acogidas a regímenes especiales) deben incluirse en el total de operaciones gravadas para el cálculo del porcentaje de proporcionalidad.
A fin de conocer el registro correspondiente a cada factura, le exhortamos a consultar los instructivos del Formato 606 y del ITBIS, ingresando a los siguientes enlaces:
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
0
0