CA

jueves, 26 de septiembre de 2024 15:56

Cerrado

Itbis a Calcular y Retener cuando una empresa comercial le paga a un contrutor a todo costo por una obra

Buenos Días

Si una empresa comercial ( no es una contutora ) paga a un profesional de la construcción 100 mil pesos para hacer una obra a Todo Costo ( una remodelación y aplicación a un local ). Sobre que base o monto debe calcular el Itbis _?

si el profesional no esta registrado como contribuyente,  que tipo de comprobante le debo hacer _?

Solución oficial

Buenas tardes. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, corresponde realizar la retención del 100% del ITBIS emitiendo un comprobante de compras, dado que la persona no está registrada como persona física y, por tal motivo, no aplica la retención establecida en la norma 07-07.

 

Base legal: Norma 05-19.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

Entendio la parte del Itbis a retener. falto la respuesta de a que base le aplico el Itbis, considerando que los 100 mil pesos que se le pagaran es a todo costos incluyendo los materiales por parte del contratista.

Buenos días. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, la retención debe realizarse en base al monto total pagado en la factura. En su caso particular, esta retención se efectuará sobre el monto de 100,000.00.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.