lunes, 16 de febrero de 2026

IT1

En el IT1 ¿Donde se coloca el monto del ITBIS en la adquisicion de bienes y servicios de las entidades estatales?
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Solución oficial

Buenas tardes, Alexandra. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, si se refiere al ITBIS que le fue retenido por entidades estatales, el mismo se coloca en la casilla 31 (Crédito por retención realizada por entidades del Estado), del anexo A del IT-1.

 

En caso de que se refiera al ITBIS pagado a las entidades estatales en adquisición de bienes y servicios brindados por ellos, le informamos que no existe una casilla específica para colocar estos ITBIS, sino que tendría que colocarlos de manera global junto con los demás ITBIS pagados en compras y gastos, en el renglón IX (ITBIS PAGADO), del anexo A. 

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.