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miércoles, 21 de julio de 2021 00:36

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IT-1 E IR-1 / PERSONA FISICA

Un herrero registrado como persona física, al día en la presentación y pago de sus impuestos; ¿ Cómo es considerado por la DGII un profesional liberal del sector construcción o un técnico?

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Solución aceptada

3 Mensajes

hace 2 años

Tengo dudas respecto como debe facturar el ITBIS a sus clientes, debe ser sobre el total facturado o en base al 10% del monto según sector construcción.

Buenos días Tere. Gracias por escribirnos.

 

En el caso que nos indica de un herrero constituido como Persona Física la facturación es del 100% del ITBIS.

 

De acuerdo con la Norma 07-07, Art-4, se refiere es cuando un contratista o subcontratista, sean estas Personas físicas o Jurídicas, realicen trabajos de construcción y dichos trabajos incluyan materiales, equipos o piezas de la construcción, la facturación del ITBIS se aplicará sobre el 10% del monto total de los trabajos facturados.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

 

Es un placer servirle, Tere.

(Editado)

3 Mensajes

Muchas gracias comunidad de ayuda, han respondido a mi pregunta.

Bendiciones

Gracias a usted por utilizar nuestra Comunidad de Ayuda.

Solución oficial

Buenos días Tere. Gracias por escribirnos.

 

Si su inquietud es referente a la retención por el tipo de servicio brindado, ese servicio es considerado como técnico. En caso de que sea otro tipo de inquietud, por favor especifíquenos con mayor detalle y claridad su pregunta, a fin de asistirle.

 

Importante: quedamos en espera de sus aclaraciones para poder validar la información. En caso de haber transcurrido un tiempo mayor a 24 horas, lamentablemente tendremos que cerrar su pregunta y deberá crear una pregunta nueva en la Comunidad de Ayuda.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

 

Es un placer servirle, Tere.