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martes, 19 de marzo de 2019

Cerrado

ISR sobre Retribuciones complementarias

Soy una empresa que está exonerada del pago de ISR, la cual paga retribución complementaria a un empleado, ¿debo aplicar retención del 27% por concepto de Impuesto sobre retribuciones complementarias?
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Solución oficial

hace 6 años

Buenas tardes Devorah, en virtud de lo previsto en el Párrafo del artículo 322 del Código, cuando una empresa o entidad gozare de una exención general del Impuesto sobre la Renta o que por la naturaleza de su actividad, o de sus fines, no fuere contribuyente de este impuesto, las retribuciones complementarias pagadas a su personal formarán parte de la retribución total del funcionario, directivo o empleado, y estarán sujetas a retención en manos de su empleador, en la forma prescrita en el artículo 307 del Código, para las rentas provenientes del trabajo en relación de dependencia.

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¿Quiere decir que tengo que declarar el pago por retribuciones complentarias como otros ingresos a través de la TSS, y pagar el impuesto que resultare por dicho pago al empleado?
Buenas tardes Devorah, en cuanto a en qué casilla de la TSSdebe colocar este pago, debes canalizarlo directamente con dicha entidad.

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