EL

miércoles, 30 de noviembre de 2022 18:54

Cerrado

ISR Retencion Asalariado Anual

Si yo como empresa al pagar comisiones a mis empleados mensualmente, la escala en la que caen es variada, osea en un mes cae en la del 15%, en otro mes en la del 20%, pero hay meses que no paga, si realizo el calculo al final del año y lo que me daria a pagar seria menor a lo retenido mensualmente, como realizo el reclamo como empresa a la DGII para realizarle el reembolso a mis empleados

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Solución oficial

Buenas tardes, Eliana. Gracias por contactarnos.

 

Para solicitar que le sea acreditado el saldo a favor reembolsado a los empleados no sujetos a la retención del ISR, debe depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local a la que pertenece, los siguientes documentos:

 

  1. Carta de solicitud firmada (en el caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada).
  2. Constancia de recepción del reembolso por parte del/los asalariados(s) (copia de cheques o transferencias).
  3. Carta de descargo firmada por el empleado, indicando que los fondos fueron recibidos.
  4. Copia de la comunicación emitida por DGII autorizándole a reembolsar el saldo a favor al empleado.

Base Legal: Ley 11-92, Art. 68.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61219eDpJT)

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: http://ms.spr.ly/61212eDpJn

Es un placer servirle. 

hace 2 años

Entoces esta comunicacion emitida por la DGII autorizandome reembolsarle el dinero al empleado, cuando me la eite o como la solicito.

Porque estuve chequeando en la dgii de la empresa que manejo y tengo varios saldos a favor de años anteriores pero no tengo carta por parte de la dgii autorizandome estos reembolsos

Buenos días, Eliana. Gracias por contactarnos.

 

Para compensar o reembolsar el saldo a favor generado en el IR-13 por los empleados que no se encuentran sujetos a la retención del ISR, debe solicitar autorización depositando en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en la Administración Local a la que pertenece, los siguientes documentos:

 

  1. Formulario de Solicitud Reembolso de Saldo a Favor de Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (FI-DCRCO-002) llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).
  2. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del solicitante (aplica en caso de Personas Físicas).
  3. Relación de empleados para los cuales la empresa está solicitando el reembolso (aplica en caso de que sea el empleador quien realice la solicitud).
  4. Certificación de la última empresa donde laboró que especifique el total de ingresos percibidos, las retenciones realizadas y el detalle de los ingresos exentos (aplica en caso de asalariados que no están laborando y aquellos que cambiaron de empleador). Esta certificación es de carácter obligatoria cuando el empleador sea una institución del Estado, independientemente del estatus laboral del empleado, y debe incluir además de los datos indicados, el monto del saldo a favor generado por el empleado.
  5. Poder de autorización notariado y legalizado (aplica en caso de que sea un apoderado que realice la solicitud).
  6. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del apoderado (aplica en caso de que sea un apoderado que realice la solicitud).

 

Importante:

  • Para autorizar el reembolso o compensación es necesario que el empleador haya presentado la Declaración Jurada de IR-13 del periodo para el cual se realiza la solicitud.
  • En caso de solicitar el reembolso de un empleado que ha fallecido, el solicitante deberá anexar la siguiente documentación adicional a la documentación requerida para realizar este trámite:

-Poder notarizado, donde los herederos le autorizan a gestionar el reembolso.

-Documentación relacionada con el finado(a) (copia de cédula, acta de defunción, etc.).

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61218eEDFo)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: http://ms.spr.ly/61211eEDFS

Es un placer servirle.