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ISR Licencias de Software
Buenos días, cuál es el tratamiento fiscal para una licencia de software (no la adquisición), lleva IRS e ITBIS en mercado local?
Cuál es la contabilización si es un proveedor extranjero?
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Buenos días, cuál es el tratamiento fiscal para una licencia de software (no la adquisición), lleva IRS e ITBIS en mercado local?
Cuál es la contabilización si es un proveedor extranjero?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
28.8K Mensajes
hace 7 días
Buenas tardes, Ruth. Disculpe la demora.
En atención a su consulta, le informamos que en los pagos de licencias de software a proveedores locales no aplica retención de ITBIS ni de Impuesto Sobre la Renta, en el caso de que el proveedor sea persona jurídica. En caso de que el proveedor sea persona física, solo aplicará la retención del 15% del monto a pagar, por concepto de Impuesto Sobre la renta, tratándose de un pago de licencia que no conlleva el traspaso de propiedad del software.
En el caso del pago por estas licencias a proveedores extranjeros, deberá efectuar retención del 15% del monto a pagar, por concepto de Impuesto Sobre la Renta, independientemente de si el proveedor es persona física o jurídica. No deberá efectuar retención de ITBIS tampoco en estos casos.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
28.8K Mensajes
hace 7 días
Buenas tardes, Ruth. Gracias por contactarnos.
Confirmamos que hemos recibido su consulta y nos encontramos trabajando con el objetivo de dar respuesta. Tan pronto como sea posible estaremos respondiendo su consulta por esta vía.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
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