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jueves, 11 de mayo de 2023 14:39

Cerrado

ISR ASALARIADOS

Saludos,

¿Se encuentran sujetas al pago de ISR las horas extras?

¿En qué articulo del codigo lo establece?

Buenas tardes, Pamela. ¡Gracias por contactarnos!

 

Sí.  Estos pagos se deben sumar al salario del empleado y la retención del ISR se hará en base al total percibido por dicho empleado en el mes correspondiente.

 

Base Legal: Reglamento 139-98, Art. 65.

 

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

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@Comunidad de Ayuda DGII 8​ 

Los asalariados pagaran ISR siempre que sus ingresos anuales sean iguales o superior a 416,220.01.

Entonces, si un asalariado gana en un mes, por ejemplo, 33000 por salario ordinario más 10000 por horas extras, para un total ganado de 43000; en ese mes, esa persona pagara ISR pero al finalizar el año sus ingresos habran sido inferiores a 416,220.01

Ese monto que pagó ese empleado cuando tuvo horas extras, ¿se le devuelve al empleado al finalizar el año?

Buenas tardes, Pamela. ¡Gracias por contactarnos!

En atención a su consulta, le informamos que, si de manera anual no excede el monto tope exento de los $416,220.00, se le generara un saldo a favor que debe ser reembolsado por su empleador.

 

Le recomendamos comunicarse con el mismo a fin de que le realice las verificaciones de lugar.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

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¿Qué tiempo tiene el empleado para solicitar el reembolso a su empleador? 

Es decir, si en el año 2021 generé saldo a favor y por desconocimiento no lo solicité a mi empleador, ¿Puedo solicitar ese reembolso 2 años despues?

Buenos días, Pamela. ¡Gracias por contactarnos!

En atención a su consulta, le informamos que, tiene un período de 3 años para solicitarlo antes de que prescriba el mismo.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.