viernes, 24 de abril de 2026

ISFL COOPERATIVA

Las cooperativas no tienen beneficiario final como una empresa normal, que trato se le debe dar a esta información en el ISFL?

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Solución oficial

Buenos días, Juan Carlos. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que las cooperativas están categorizadas como Instituciones Sin Fines de Lucro (ISFL) ante esta Dirección General y, por tanto, tienen la obligación de identificar a su Beneficiario Final mediante el Anexo E (Identificación de los Miembros y del Beneficiario Final para Instituciones Sin Fines de Lucro), incorporado en la Declaración Jurada Anual para Instituciones Sin Fines de Lucro (ISFL-01).

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

Entonces en el anexo E, donde dice "BENEFICIARIO(S) FINAL(ES) POR CONTROL ACCIONARIO" y "BENEFICIARIO(S) FINAL(ES) POR CONTROL EFECTIVO"  Se queda vacio ya que en nuestro caso no existe tales beneficiarios

Buenas tardes, Juan Carlos. Gracias por contactarnos.

 

 Es obligatorio que coloque al menos un beneficiario por control efectivo, entendiéndose como control efectivo cuando alguien ejerce influencia en las decisiones de los órganos de administración de la sociedad directamente, por intermedio o con el concurso de otras entidades.

 

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