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viernes, 28 de agosto de 2026

IR2

Buenas tardes, después de un cordial saludo es para preguntar.

Si hago una rectificativa de ir2, que me da a pagar un impuesto liquidado de mayor valor al anterior, ¿puedo compensar el pago de activos imponibles dentro de la rectificativa? ya que al tener un impuesto a liquidar mayor me elimina la cuota de act. que en su momento no habría dado a pagar si desde el principio hubiera determinado un impuesto a la renta mayor. y de por si se  pago dentro del tiempo hábil de declaración. lo tomaría como un pago autorizado ya que esta en la banca de la dgii.

agradeciendo su acostumbrada colaboración!

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Solución oficial

Buenos días, Mariela. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que, si por efecto de las rectificativas de la declaración de IR-2 y Activos, el monto a pagar de Impuesto Sobre los Activos se revierte, no será necesaria la compensación. No obstante, en caso de que desee compensar con algún impuesto que permanezca en su cuenta corriente luego de la rectificativa, podrá hacer la solicitud de compensación llevando a cabo el procedimiento indicado en la siguiente pregunta de esta comunidad: CA2257 ¿Qué debo hacer para solicitar la compensación de un saldo a favor entre impuestos?

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

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Gracias, pero si estoy haciendo la rectificativa ¿puedo colocar en la casilla 21 del IR2 el monto que pague de la primera cuota de ACT, ya que se me eliminara la cuota que pague en su momento? ¿oh debo llenar algún formulario para compensar lo que me de a pagar con el crédito que se me generara de ese pago de ACT que realice?

agradeciendo de ante ante mano su acostumbrada colaboracion!

4 Mensajes

hace 2 meses

Perfecto, solo para entender mejor, la rectificativa me da un monto a pagar, producto de ese monto me elimina los activos imponible pero ya había pagado una cuota entre fecha hábil de mi declaración en abril, puedo colocar el monto pagado de activo impoble en la casilla 21 del ir2. ya que ese valor estará como crédito a mi favor.

Oh en su defecto ¿debo llenar algún formulario para validar de una vez junto con la rectificativa?

agradeciendo su acostumbrada colaboración!

Buenos días, Mariela. Gracias por contactarnos.

 

 No deberá considerar el monto pagado de Activos en la casilla 21 del IR-2, sino rectificar también la declaración de Activos, a fin de que se genere allí el saldo a favor. Luego de que tenga generado el saldo a favor de Activos, podrá solicitar la compensación del saldo realizando el procedimiento al que le hicimos referencia en nuestra respuesta anterior.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

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por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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(Editado)