En atención a su consulta, le informamos que, Sí, las declaraciones juradas de impuestos pueden ser presentadas de manera presencial. Para estos fines debe dirigirse al área de caja de la Administración Local a la que pertenece con el formulario de la declaración que desea presentar (incluyendo los anexos siempre que aplique) para la digitación de la declaración en el sistema.
Importante:
Cuando la declaración sea presentada con la finalidad de disolver la entidad, esta debe estar acompañada de los anexos para la identificación del beneficiario final y los documentos relativos a la disolución.
El IR-2 presentado por esta vía, ya sea de manera normal, por rectificativa, por cese temporal o por cese definitivo debe contener el dictamen del auditor (anexo f) y el sello para los Contadores Públicos Autorizados (CPA) amparados por la Ley 633, cuyo costo es de RD$100.00 pesos por cada diez millones de activos o fracción.
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Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 1 año
Buenas tardes, Yunior. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, Sí, las declaraciones juradas de impuestos pueden ser presentadas de manera presencial. Para estos fines debe dirigirse al área de caja de la Administración Local a la que pertenece con el formulario de la declaración que desea presentar (incluyendo los anexos siempre que aplique) para la digitación de la declaración en el sistema.
Importante:
Cuando la declaración sea presentada con la finalidad de disolver la entidad, esta debe estar acompañada de los anexos para la identificación del beneficiario final y los documentos relativos a la disolución.
El IR-2 presentado por esta vía, ya sea de manera normal, por rectificativa, por cese temporal o por cese definitivo debe contener el dictamen del auditor (anexo f) y el sello para los Contadores Públicos Autorizados (CPA) amparados por la Ley 633, cuyo costo es de RD$100.00 pesos por cada diez millones de activos o fracción.
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