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IR-2 para disolución SRL
Buenos días,
Me gustaría saber si el IR-2 marcado como final debe hacerse ANTES de hacer la asamblea de disolución y la de liquidación (y estas registrarlas en la cámara de comercio) y posteriormente aportar todo el resto de requisitos a la DGII o si bien el IR 2 marcado como final se aporta junto con todo el resto de requisitos al final del proceso.
En el caso de que sea aportado al final del proceso, debe ir firmado por el liquidador designado o por el socio gerente de la empresa?
Es decir, necesitaría saber en qué orden tengo que depositar las cosas ante de la dgii y si la fecha del formulario IR-2 tiene que ser anterior a la fecha de la asamblea de disolución?
Muchas gracias por la atención,
Puente


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
26.3K Mensajes
hace 4 años
Buenos días. Gracias por contactarnos.
La Declaración Jurada Anual de Impuesto Sobre la Renta de Sociedades (IR-2) marcada como final debe ser presentada con anterioridad a la disolución y de manera presencial en la Administración Local a la que pertenece, dentro de los 60 días posteriores a la cesación del negocio*. Así como también debe estar presentada la Declaración Jurada de Activos del año en que se disuelve y el impuesto saldado en un pago único.
Luego de esto, debe depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos:
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Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
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