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IR-1 DECLARACION TARDIA, SALDO A FAVOR Y ANTICIPO
Caso 1: Debo presentar un IR-1, me da un saldo a favor, se puede utilizar este en la siguiente declaracion que tambien es tardia. Ejemplo: declaro el 2018 y me da saldo a favor, aplicaria para colocarlo en la declaracion del 2019?
Caso 2: Si en la declaracion IR-1 2019 que ya es tardia, me genera balance a pagar, tambien me generará calculo de anticipos a pagar?, de ser afirmativo debo pagar esos anticipos antes de la declaracion del 2020.?
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 3 años
Buenos días, Vanessa. Gracias por contactarnos.
Caso:1.
El saldo a favor generado en las declaraciones juradas a las que se encuentra obligado debe ser transferido a los periodos siguientes hasta que se agote, colocándolo en la casilla Saldo a Favor Anterior del formulario de declaración.
Consideraciones Importantes: El contribuyente no podrá utilizar este saldo para compensar impuestos retenidos.
Base Legal: Reglamento 293-11, Art. 20
Caso:2.
Debe pagar los balances generados al momento de presentar sus declaraciones tardías, de manera que esto no incurra en una deuda al momento de presentar el siguiente periodo fiscal.
Los anticipos se le generarán al contribuyente sobre la base del impuesto liquidado en ISR, menos las retenciones. A partir de la diferencia que esto arroje, se daría origen al anticipo.
A fin de conocer cómo se determina el monto de los anticipos a pagar, por favor ingrese al siguiente enlace: https://ayuda.dgii.gov.do/conversations/anticipos-del-impuesto-sobre-la-renta/ca284-cmo-se-determina-el-monto-de-los-anticipos-a-pagar/5f3c17678cd858ce879bca4e
En otro orden, las obligaciones fiscales y los impuestos que debe pagar una entidad jurídica o persona física dependen de varios factores, entre ellos, la actividad económica que posea el contribuyente al momento de incorporarse y las condiciones en las que se encuentre inscrito. En ese sentido, debe comunicarse con un oficial de control en cualquier administración local, a fin de que este pueda realizar las verificaciones de lugar y brindarle la asistencia requerida.
Importante: Para conocer a cuál Administración Local pertenece, puede comunicarse a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_8KJB56Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
Es un placer servirle.
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Vanessa Jaime
5 Mensajes
hace 3 años
Gracias por la ayuda, me sirve bastante.
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