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IR 3
Si genere un saldo a favor de empleados activos en el ir-13 de supongamos 100,000, y el mes siguiente de esos empleados generan solamente por pagar 30,000, solamente debo reflejar los 30,000 en saldo compensado autorizado y en saldo por compensar se quedaria en 0 o se debe reflejar los 70,000 que restan.? y si fuera de esta ultima manera en la autodeterminacion mensual se debe poner
Saldo favor periodo |
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.1K Mensajes
hace 5 meses
Buenos días, Priscilla. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, es como indicó, solamente debe colocar el saldo a favor generado en el ir13 en saldo compensado autorizado, en el saldo por compensar saldrá el monto que faltaría por compensar y esta casilla restaría el Impuesto a pagar.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.
http://ms.spr.ly/61212jZw9Y
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Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.1K Mensajes
hace 5 meses
Buenas tardes, Priscilla. ¡Gracias por contactarnos!
Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
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