2 Mensajes
Inventario final en el Anexo D DEL IR2
Saludos, una pregunta, si una compañia trabaja vendiendo mercancia solo por pedido y la mercancia nunca llega a almacen sino directo al cliente, puedo en el anexo D dejarlo sin Inventario Final? ya que nunca hay inventario por dicha razon explicada arriba, mi duda es por el 1 porciento que se debe pagar del inventario final en el activo, como nunca hay inventario final ya que no se acumula en almacén, en conclusión, quisiera saber si puedo dejarlo sin inventario final y solo coloco la compra y el costo de venta.
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
22K Mensajes
hace 2 años
Buenas tardes, Maritza. Gracias por contactarnos.
Para obtener una respuesta vinculante, le recomendamos comunicarse con el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
(Editado)
0
0