En atención a su inquietud, le informamos que, al tenor del Código Tributario, los gastos de explotación son aquellos desarrollados para la obtención de rentas y que formen parte de sus costos.
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Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 1 año
Buenos días, Diana. Gracias por contactarnos.
En atención a su inquietud, le informamos que, al tenor del Código Tributario, los gastos de explotación son aquellos desarrollados para la obtención de rentas y que formen parte de sus costos.
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