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lunes, 29 de mayo de 2023 13:28

Cerrado

INTERESES SOBRE PRESTAMOS

Buenos días.  Una persona física radicada en el país, le presta una suma de dinero a una empresa jurídicia, por la que recibe un % de interes mensial.  Cuál es el % de la retención que debe hacer la persona jurídica a la persona fíica, como debe reportarlos a la DGII ya que la persona fíica no puede emitir un documento con NCF válido para créito fiscal y como debe pagar esa retención a la DGII.

Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días, Mayra. Gracias por contactarnos.

 

La deducción de los intereses, estará limitada al monto que surja de aplicar al gasto el cociente entre la tasa resultante del Art. 306 bis para un prestamista residente y la tasa fijada de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 297 del Código Tributario.  

 

Le informamos que, el reporte del gasto se debe realizar a través del Formato 606 con la emisión un Comprobante de Compras (B11) si la citada Persona Física es un proveedor informal o este le debe emitir un Comprobante de Crédito Fiscal (B01) si se encuentra registrado como Contribuyente y efectuar las retenciones que correspondan.

 

Base Legal: Ley 11-92, Art. 287, Literal a, (modificado por el Art. 2 de La ley 253-12). 

 

Para obtener detalles sobre el llenado en la Declaración IR-17, le recomendamos comunicarse con el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas. 

 

Importante: Para conocer a cuál Administración Local pertenece, puede comunicarse a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61218gdh0y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

Visite:
http://ms.spr.ly/61219gdh0J

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

Es un placer servirle.