2 Mensajes
Intereses pagados a Personas Fisicas
Hola!
Mi interés es saber ¿Cuál es el tratamiento fiscal que se le debe dar a los pagos que por intereses sobre préstamos de personas físicas RESIDENTES debe realizarse.
Gracias!
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Hola!
Mi interés es saber ¿Cuál es el tratamiento fiscal que se le debe dar a los pagos que por intereses sobre préstamos de personas físicas RESIDENTES debe realizarse.
Gracias!
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
27.1K Mensajes
hace 4 años
Buenas tardes, María. Gracias por contactarnos.
Le informamos que, el reporte del gasto se debe realizar a través del Formato 606 con la emisión un Comprobante de Compras (B11) si la citada Persona Física es un proveedor informal o este le debe emitir un Comprobante de Crédito Fiscal (B01) si se encuentra registrado como Contribuyente y efectuar las retenciones que correspondan. Respecto a la deducción de los intereses, estará limitada al monto que surja de aplicar al gasto el cociente entre la tasa resultante del Art. 306 bis para un prestamista residente y la tasa fijada de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 297 del Código Tributario.
Base Legal: Ley 11-92, Art. 287, Literal a, (modificado por el Art. 2 de La ley 253-12).
Para obtener detalles sobre el llenado en la Declaración IR-17, le recomendamos comunicarse con el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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WILKINS GARCIA FORTUNATO
32 Mensajes
hace 4 años
A que te refiere con Personas Fisicas Residentes?
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Pablo Ramos Gamundi
100 Mensajes
hace 4 años
Pago 10% de ISR sobre el monto pagado de acuerdo al art. 306 bis. del código tributario declarado en el IR-17. NCF B11 en el 606 en caso de proveedores informales y la persona debe entregar un B01 en caso de que esté registrado como contribuyente persona física en la DGII.
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