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lunes, 28 de junio de 2021 18:38

Cerrado

INTERESES GANADOS EN COMPAÑIA NO FINANCIERA POR PRESTAMO DE ACCIONISTA

Yo le presto a una empresa y esta me retiene el 10% de los intereses ganados mensualmente.

Este 10% se considera un impuesto único y definitivo en mi declaración jurada personal IR-1?

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes Mayelyn. Gracias por escribirnos.


Las retenciones realizadas a los intereses pagados o acreditados a Personas Físicas residentes o domiciliadas en el país son consideradas un pago a cuenta del Impuesto sobre la Renta (compensables) solo cuando los contribuyentes objeto de dichas retenciones presentan la declaración al solo efecto con el único propósito de solicitar la devolución del monto retenido.

 

Para los demás casos, dichas retenciones tienen carácter de pago único y definitivo, es decir que el contribuyente a quien se le realizó la retención queda exonerado de realizar otro pago sobre el hecho generador.

 

Importante:

 

Para solicitar la devolución, el contribuyente debe cumplir con al menos una de las siguientes condiciones:

 
a) Que su renta neta gravable, incluyendo los intereses, sea inferior a doscientos noventa y dos mil seiscientos cincuenta y seis con cero centavos (RD$292,656.00) (aplica cuando únicamente percibe ingresos por intereses).
 
b) Que su renta neta gravable sea inferior a cuatrocientos ochenta y siete mil setecientos cincuenta y nueve pesos con cero centavos (RD$487,759.00), siempre que su renta por intereses no sea superior al veinticinco por ciento (25%) de su renta neta gravable (aplica cuando tiene ingresos de diferentes fuentes).

 

Base legal: Ley 11-92, Art. 306 bis, Párrafo I, (modificado por la Ley 253-12).

 

Para detalles del asiento, le recomendamos comunicarse ante el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.

 

Para realizar una cita para trámites presenciales en las administraciones locales que requieren citas, por favor verificar el procedimiento a través del siguiente enlace: http://ms.spr.ly/61212nPHne

 

Es importante destacar que toda persona que necesite acudir al Centro de Asistencia al Contribuyente (CAC) o cualquiera de nuestras oficinas deberá respetar las medidas de distanciamiento físico. De igual forma, el uso de mascarillas es obligatorio para realizar cualquier tipo de trámite presencial.

 

Para conocer a cuál administración local pertenece puede comunicarse a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 6:00 P.M. y sábados de 8:00 A.M. a 12:00 P.M.

 

También puede visualizar el Instructivo de llenado del IR-1 ingresando al siguiente enlace:

 

http://ms.spr.ly/61213nPHn5

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: http://ms.spr.ly/61218nPHnY

 

Es un placer servirle, Mayelyn.