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miércoles, 26 de junio de 2024 14:30

Cerrado

Intereses cobrado

Buenos días,

Una consulta, si recibo el pago de interés de una cuenta (transacción entre empresas), debo pagar impuestos de este? De ser si la respuesta cual es el porcentaje y en que formulario debo reportar?

Solución oficial

Buenos días, Ada. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, los agentes de retención designados en la Norma General 07-19 deben retener una tasa de un uno por ciento (1%) sobre los intereses pagados o acreditados a las Personas Jurídicas o a cualquier otra entidad que no constituya una Persona Física.

 

Consideraciones Importantes:

 

  • El impuesto retenido constituye un pago a cuenta del Impuesto sobre la Renta de la Persona Jurídica en el mismo periodo fiscal en que fue realizada la retención, solo después de que la información haya sido recibida por la Administración Tributaria.

 

  • Los intereses pagados a Personas Jurídicas y Personas  Físicas constituyen una deducción admitida del Impuesto Sobre la Renta de la entidad financiera siempre que haya sido efectuada la retención.Para las personas físicas aplicará siempre y cuando cumplan con lo establecido en el BIS 306 del Código Tributario.

 

  • El impuesto retenido debe ser pagado a la DGII a más tardar el día 10 del mes siguiente al que se realizó el pago de los intereses.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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18 Mensajes

GRACIAS

Buenas tardes.

 

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Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

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