miércoles, 8 de marzo de 2023 16:11

Cerrado

Intereses bancarios

Saludos. Me podrían asesorar sobre la forma de declarar los intereses bancarios? Es anual o es mensual? En cuáles formularios se haría, en ambas hipótesis?

Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Angel. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, deberá colocar el monto total por concepto de intereses recibidos como parte de sus ingresos directamente en la Declaración de Jurada Anual del Impuesto sobre la Renta (IR-1 o IR-2 según aplique).

 

Puede consultar el instructivo de llenado de estas declaraciones juradas en nuestro portal web, ingresando a través de los siguientes enlaces:

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

(Editado)

2.6K Mensajes

hace 2 años

Es un Gasto. Es un registro mensual que haces al sumar todas los cargos bancarios al mes. Claro! Los cargos por concepto de selectivo al consumo lo registras como un gasto aparte de los demás cargos de la cuenta de banco.

Si te refieres a los ingresos por intereses generados en tu estado de cuenta, estos formarán parte de tus ingresos financieros. Los mismos se colocarán solo en tu declaración jurada.

Ojo:

Existe la norma 13-11 que te habla de una retención del 10% sobre los intereses pagados a las personas jurídicas. Estas Retenciones se consideraran como anticipos del ISR.

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