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Intercambio
En intercambio donde una de las partes entrega terreno y la otra parte un servicio y es persona física, debe esa persona emitirme una factura y debo retener ITBIS e Impuesto sobre la renta a la persona del servicio?
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En intercambio donde una de las partes entrega terreno y la otra parte un servicio y es persona física, debe esa persona emitirme una factura y debo retener ITBIS e Impuesto sobre la renta a la persona del servicio?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
26.8K Mensajes
hace 2 años
Buenas tardes, Massiel. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, sí, se debe emitir un comprobante de crédito fiscal, ya que es obligatorio para sustentar la transacción. En ese mismo orden, no corresponde retener ISR, ya que en las ventas de bienes no aplica.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: https://acortar.link/827H4U
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.
https://acortar.link/148NBE
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Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
7.8K Mensajes
hace 2 años
Buenas tardes, Massiel. Gracias por contactarnos.
Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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