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viernes, 19 de julio de 2024 21:12

Cerrado

Inscrito y registrado

Cuál es la diferencia entre inscrito y registrado después de quitar una suspensión 

Solución oficial

hace 3 meses

Buenas tardes, Rossi. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, la condición de registrado no posee obligaciones fiscales.

 

En ese mismo orden, una persona física puede cambiar su condición de contribuyente a registrado cuando deja de operar o cesa de manera definitiva sus operaciones con fines comerciales. A los fines, solo debe solicitar la modificación de su registro a través de la Administración Local a la que pertenece. 


Importante:

 

  • Para pasar a la condición de registrado, debe estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones.
  • En el caso de Personas Jurídicas, estas no pueden pasar a ser registrados. Si este deja de operar, debe solicitar su disolución.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

Buen día, Rossi. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su solicitud, le informamos que, para poder ayudarle, por favor especifíquenos mejor su consulta o requerimiento, ya que "registrado" es un tipo de inscripción. Esto nos permitirá entenderle bien e informarle de manera concreta y correcta.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

16 Mensajes

SI SOY PERSONA FISICA Y QUIERO CANCELAR MI RNC TENGO ENTENDIDO QUE NO PUEDO QUE DEBO HACER EL CAMBIO A REGISTRADO , MI PREGUNTA ES QUE SIGNIFICA EXACTAMENTE PARA LA DGII ESA CONDICION Y SI ESO NO ME COMPROMETE CON NINGUN OTRO IMPUESTO YA QUE NO TENDRE MAS OPERACIONES(YA NO TENGO EL NEGOCIO)

16 Mensajes

hace 3 meses

que significa regimen de pago N/D

Buenos días, Rossi. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, que el registrado no posee un régimen de pago, es decir, posee una actividad económica que no genera obligaciones fiscales.

 

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Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.