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Inscripción de los médicos.
Buenas tardes,
¿Cuales son los pasos para el registro de una persona física que es médico en la DGII?
¿Y qué se debe tomar en cuenta para que los mismos apliquen para el bono de la primera vivienda? Ya que les exigen estar registrados para proceder con este bono.
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 2 días
Buenos días, Leidy. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, informamos que, puede solicitar la incorporación al RNC como Persona Física, a través de las siguientes vías: https://acortar.link/Vv9Rwx
En ese mismo orden, para ser beneficiado con el bono o compensación del ITBIS por la adquisición de viviendas de bajo costo debe cumplir con las siguientes condiciones: https://acortar.link/W2ewq7
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.
Es un placer servirle.
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Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.3K Mensajes
hace 2 días
Buenos días, Leidy. ¡Gracias por contactarnos!
Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.
Es un placer servirle.
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