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viernes, 26 de julio de 2024 17:15

Cerrado

INQUIETUD

Buenas tardes colegas!

Soy contadora de profesión y quisiera formalizarme como persona física, me gustaría saber si puedo declarar mis gastos personales ante la DGII conjuntamente con los ingresos percibidos.

Solución oficial

Buenas tardes, Katherine. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, puede solicitar la incorporación al RNC como Persona Física, a través de las siguientes vías: https://acortar.link/Vv9Rwx

 

En ese mismo orden, solo puede reportar los gastos que incurra para realizar la actividad comercial.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

2.6K Mensajes

Si te registras como perdón física puedes acogerte a la exención contributiva. En ese mismo orden te informo que solo te puedes deducir aquellos gastos que contribuyeron con la obtención, mantenimiento y conservación de las renta. También como perdón física que serías pudieras descontarte las retenciones de seguridad social y regalia pascual en tu declaración jurada ir-1.

Ok, pero si no genero ningún gasto y mis ingresos sobre pasa la exención contributiva, tendría que pagar todo el impuesto que genere?

Buenos días, Katherine. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, los tramos de la escala salarial para el año 2024 son los siguientes:

 

Rentas hasta RD$416,220.00: exento.

Rentas desde RD$416,220.01 hasta RD$624,329.00:15% del excedente de RD$416,220.01.

Rentas desde RD$624,329.01 hasta RD$867,123.00: RD$31,216.00 más el 20% del excedente de RD$624,329.01.

Rentas desde RD$867,123.01 en adelante: RD$79,776.00 más el 25% del excedente de RD$867,123.01.

 

En ese mismo orden, para conocer la retención correspondiente al salario recibido anual o mensual debe seguir estos pasos:

  • Ingrese a la Página Web de Impuestos Internos.
  • En la sección Herramientas, menú Calculadora, elija la opción Retenciones.
  • Seleccionar tipo de ingreso: mensual / anual.
  • Seleccione el año e introduzca el monto del ingreso.
  • Presione el botón calcular y visualizará el resultado del cálculo.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.