JC

lunes, 26 de agosto de 2024 23:47

Cerrado

Inmueble Alquilado por una Institucion Religiosa (Católica) a una empresa

Buenas estimados,

Queremos hacer el siguiente planteamiento para los fines de aclararnos algunas dudas:

Planteamiento:

Una institución religiosa (Católica) tiene un inmueble que está deshabitado y  lo quiere ceder en forma de alquiler a una empresa comercial que utilizara el mismo. Estos fondos por concepto de alquiler serán usados por las religiosas para subsidiar las obras de servicio benéficas que hacen las mismas.

Pregunta:

¿Siendo estos fondos usados para la obra benéfica estaría exento del pago del ISR?

Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, las entidades sin fines de lucros pueden prestar los siguientes servicios benéficos:

 

1. Organizaciones de asistencia social: prestan servicios de salud, educación, nutrición,

ambiente y protección de recursos humanos y naturales, asistencia a niños, niñas y

personas envejecientes, clubes de servicios;

2. Organizaciones de desarrollo comunitario: prestan servicios de saneamiento ambiental,

infraestructura;

3. Organizaciones de fomento económico: prestan servicios a través de capacitación laboral, microcréditos, y cualesquiera actividades de acceso a recursos económicos para la igualdad o equiparación de oportunidades;

4. Organizaciones de asistencia técnica: prestan diversos servicios técnicos especializados con la finalidad de proveer soluciones colectivas de carácter social y/o económico;

5. Organizaciones de educación ciudadana: prestan servicios a la población en la adquisición y/o utilización de conocimientos en valores humanos y familiares, derechos y deberes ciudadanos, respeto por los(as) conciudadanos(as) y fortalecimiento institucional de las organizaciones comunitarias, para. una auténtica representación y expresión local que garantice una sana y creativa convivencia;

6. Organizaciones de apoyo a grupos vulnerables: prestan servicios a la población en

condiciones de vida especiales;

7. Organizaciones de investigación y difusión: prestan servicios de estudio, in­vestigación y/o asesoría;

8. Organizaciones de participación cívica y defensa de derechos humanos: cuya membresía

lucha por los derechos de la ciudadanía. Incluye movimientos cívicos, organizaciones de

consumidores, organizaciones de personas con discapacidad, organizaciones ecológicas y

otras;

9. Organizaciones comunitarias, pueden ser:

a) Territoriales: tienen como objetivo básico la promoción del desarrolla comunal: juntas

de vecinos(as), comités barriales, uniones vecinales, asociaciones de pobladoras (es), asociaciones pro­desarrollo;

b) Funcionales: tiene como objetivo básico desarrollar aspectos particulares de la vida

cotidiana de las comunidades: asociaciones de padres, madres, amigos y amigas de

las escuelas, comités de salud, clubes culturales clubes artísticos, clubes deportivos, clubes juveniles, comités de amas de casa, organizaciones eclesiales, entre otras;

c) Campesinas: tienen como objetivo básico apoyar los intereses del campesinado,

incluyendo sus intereses comunitarios: asociaciones de agricultores (as), organizaciones de productores (as), entre otras.

 

En ese mismo orden, en caso de evidenciar que la entidad sin fines de lucro el servicio que presta sea con fines lucrativos, corresponde presentar y pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y Anticipos del ISR por ingresos provenientes de actividades y servicios habituales gravados con este impuesto. Esta obligación se adquiere cuando realice alguna actividad comercial con fines lucrativos.

 

Puede consultar la información en la base legal: Norma 01-02 art. 4.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.