LV

viernes, 12 de mayo de 2023 14:31

Cerrado

Inmueble a nombre de menor de edad

¿Puede un inmueble estar a nombre de un menor de edad (16 años)? ¿Cuáles son los requisitos?

Solución oficial

Buenas tardes. ¡Gracias por contactarnos!

En atención a su consulta, le informamos que, para realizar la transferencia de un inmueble debe presentar en la Unidad de Tasación de las Administraciones Locales de la DGII los siguientes documentos, según sea el caso:

En caso de transferencia de un inmueble a un menor de edad:

  1. Acto de transferencia original notarizado y dos (2) copias. 
  2. Copia del título del inmueble o propiedad.
  3. Dos (2) copias de la Cédula de Identidad y Electoral del tutor o representante, de ambos lados.
  4. Dos (2) copias de Cédula de Identidad y Electoral del vendedor o cedente, de ambos lados (aplica en caso de Personas Físicas).
  5. Efectuar el pago del 3% del valor del inmueble o propiedad.
  6. Efectuar el pago de RD$ 20.00 establecido en la Ley 33-91.
  7. Dos (2) copias del acta de nacimiento del menor en que la se haga constar la edad y nombre de los padres.
  8. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral de ambos lados del representante (aplica en caso de que sea un representante que realice la solicitud).

En vista de que los padres son los tutores y representantes legales del menor, la transferencia se efectúa a nombre de uno de los padres que esté incorporado al RNC.

Tiempo de respuesta: 3 días laborables.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

Buenas tardes. ¡Gracias por contactarnos!

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  1. Acto de transferencia original notarizado y dos (2) copias. 
  2. Copia del título del inmueble o propiedad.
  3. Dos (2) copias de la Cédula de Identidad y Electoral del tutor o representante, de ambos lados.
  4. Dos (2) copias de Cédula de Identidad y Electoral del vendedor o cedente, de ambos lados (aplica en caso de Personas Físicas).
  5. Efectuar el pago del 3% del valor del inmueble o propiedad.
  6. Efectuar el pago de RD$ 20.00 establecido en la Ley 33-91.
  7. Dos (2) copias del acta de nacimiento del menor en que la se haga constar la edad y nombre de los padres.
  8. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral de ambos lados del representante (aplica en caso de que sea un representante que realice la solicitud).

En vista de que los padres son los tutores y representantes legales del menor, la transferencia se efectúa a nombre de uno de los padres que esté incorporado al RNC.

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